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Corte Suprema

TAZZOLI JORGE ALBERTO c/ FIBRACENTRO SA Y OTRO s/DESPIDO

La Corte Suprema, al declarar admisible un recurso extraordinario previamente denegado, resolvió únicamente fijar los honorarios de los letrados intervinientes en esa instancia. Dejó sin efecto la imposición de costas y la regulación de honorarios previa, regulando los del doctor Gentile en $8.500 y los de los doctores Bidart Campos y Gentile por los recursos de queja en $1.000 y $400.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 469. XL. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Honorarios Regulacion de honorarios Costas Ley 21.839 Ley 24.432 Queja Corte suprema Arancel profesional

¿Quién es el actor?

Jorge Alberto Tazzoli.

¿A quién se demanda?

Fibracentro S.A. y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho interpuesto en el marco de un juicio laboral, cuyo recurso extraordinario había sido denegado por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

¿Qué se resolvió?

Dado que la sentencia de fs. 1239 declaró admisible el recurso extraordinario, la Corte sólo debía fijar honorarios. Se dejó sin efecto la imposición de costas y la regulación de honorarios de fs. 1122. Se regularon los honorarios del doctor Alfredo J. Gentile en $8.500 por la labor de fs. 1111/1115 vta., conforme los arts. 6°, incs. a, b, c y d, 71, 9° y 14 de la ley 21.839 (modificada por ley 24.432). Por el escrito de fs. 1220/1221 vta., que el régimen arancelario no contempla específicamente para recursos de queja, se regularon los honorarios de los doctores Germán J. Bidart Campos ($1.000) y Alfredo J. Gentile ($400). Los montos no incluyen IVA, que deberá adicionarse según la situación del profesional frente a ese tributo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia es breve y no contiene desarrollo argumental sobre el fondo del litigio. La fundamentación se limita a la competencia de la Corte para fijar honorarios una vez admitido el recurso y a la aplicación de la ley arancelaria 21.839 (modificada por ley 24.432), en particular de su art. 6°, que no prevé una retribución determinada para la tarea en recursos de queja. Textualmente: "Toda vez que la sentencia de fs. 1239, declaró admisible el recurso extraordinario que había denegado la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, solo corresponde a esta Corte fijar los honorarios de los letrados que intervinieron en esta instancia."

Normas que cita

  • Ley 21.839arts. 6, 9, 14, 71 · Aranceles y honorarios de abogados
  • Ley 24.432Honorarios profesionales

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