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Corte Suprema

CADENAZZI JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su haber jubilatorio por la inclusión de servicios prestados en la ex Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos y la pauta de movilidad aplicable entre 1995 y 1997. La Corte Suprema declaró procedentes ambos recursos extraordinarios y revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social, con el alcance fijado en los precedentes Arregui y D'Este.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 3481. XLII. REX
Jubilacion Reajuste de haber Movilidad jubilatoria Recalculo haber inicial Ex caja nacional de prevision para trabajadores autonomos Servicios dependientes Anses Recurso extraordinario Arregui D'este

¿Quién es el actor?

Juan Carlos Cadenazzi (jubilado).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber jubilatorio, incluyendo el recálculo del haber inicial y la movilidad de las prestaciones.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por ambas partes y revocó la sentencia apelada, con el alcance que surge de los fallos "Arregui" y "D'Este".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre los agravios del actor (omisión de tratar los servicios prestados en el régimen de la ex Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos): "son sustancialmente análogos a los examinados por la Corte en la causa A.2163.XXXVIII 'Arregui, Aldo José c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos', considerando 31, fallada con fecha 6 de junio de 2006, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir."

Sobre las objeciones de la ANSeS (pauta de movilidad para el período 1995-1997): "son sustancialmente análogas a las analizadas y resueltas por el Tribunal en la causa 'D'Este' (Fallos: 331:2094), votos concurrentes, cuyas consideraciones se dan por reproducidas."

Fallos que cita

  • Arregui, Aldo José c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimosCSJN · 06/06/2006
  • D'EsteCSJN · Fallos 331:2094

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