JurisprudenciaARG
Corte Suprema

DIAZ MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió reajuste de su haber previsional obtenido bajo la ley 24.241, pretendiendo la actualización del haber inicial según el índice de remuneraciones. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de la ANSeS, revocó la sentencia que había ordenado la actualización y dispuso que el cálculo del haber inicial se efectúe conforme al criterio fijado en el precedente Elliff, por haberse incurrido en una reformatio in pejus.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 344. XLII. REX
Reajuste previsional Haber inicial Ley 24.241 Prestacion compensatoria Indice de remuneraciones Reformatio in pejus Recurso extraordinario Anses Precedente elliff Sanchez

¿Quién es el actor?

Miguel Angel Díaz.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional otorgado al amparo de la ley 24.241, en particular la actualización del haber inicial según el índice del nivel general de las remuneraciones.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la ANSeS, se revocó la sentencia apelada y se ordenó que el cálculo del haber inicial de la prestación compensatoria se efectúe de acuerdo al criterio que surge del precedente "Elliff".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, al aplicar el precedente 'Sánchez, María del Carmen', el tribunal a quo ha incurrido en una reformatio in pejus contra la ANSeS, única apelante del fallo de primera instancia, por lo que la sentencia debe ser revocada. Más allá del erróneo encuadramiento normativo realizado por el juez de grado, la solución adoptada respecto del índice que corresponde aplicar hasta el cese en los servicios del actor coincide con la fijada por esta Corte en el precedente 'Elliff' (Fallos: 332:1914), a cuyas consideraciones corresponde remitir, por lo que cabe confirmar dicho pronunciamiento con ese alcance."

El fallo es unánime en su parte dispositiva; no se registran votos en disidencia.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Sánchez, María del CarmenCSJN
  • ElliffCSJN · Fallos 332:1914

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