GARNERO LIDER MARIA Y OTRAS c/ ESTADO NACIONAL s/AMPARO
María Garnero Lider y otras promovieron acción de amparo contra el Estado Nacional por la forma de cálculo de determinados depósitos bancarios. La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, aplicando por remisión el precedente Velo de Ipola y el criterio del caso Ramos.
¿Quién es el actor?
María Garnero Lider y otras (por derecho propio, patrocinadas por el Dr. Agustín Lascano Villafañe).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional; intervinieron como terceros interesados el Banco Macro S.A. y el Banco Bisel S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo contra el Estado Nacional en relación con los depósitos bancarios de las actoras.
¿Qué se resolvió?
se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario interpuesto por la actora y se confirmó la sentencia apelada en lo que fue materia de agravios. Costas por su orden, por tratarse de una cuestión jurídica novedosa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que resulta aplicable a las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa V.247.XLIII 'Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparo', sentencia del 25 de agosto de 2009, a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad. Por su parte, el juez Petracchi se remite al precedente 'Ramos' (considerandos 51 y 61) (Fallos: 331:2316), en el que se estableció un análogo criterio."
"Por ello, se declara formalmente admisible el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada en lo que fue materia de agravios. Costas por su orden en razón de tratarse de una cuestión jurídica novedosa."
Nota: la sentencia es un fallo breve que remite a los fundamentos de precedentes; no desarrolla argumentación propia.
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Normas que cita
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparoCSJN · 25/08/2009
- RamosCSJN · Fallos 331:2316
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