JurisprudenciaARG
Corte Suprema

WATSON RODOLFO LIONEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor, jubilado, reclamó el reajuste de su haber previsional contra la ANSeS. La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario de la demandada, revocó la sentencia apelada y extendió en el tiempo la movilidad establecida para el período posterior a enero de 2002, con el alcance de los precedentes Badaro y Cirillo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
W. 117. XLII. REX
Movilidad jubilatoria Haber previsional Reajuste Anses Recurso extraordinario Precedente d'este Precedente badaro Precedente cirillo Art. 280 cpccn Seguridad social

¿Quién es el actor?

Rodolfo Lionel Watson.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario interpuesto, revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "D'Este" y dispuso que la movilidad establecida para el período posterior a enero de 2002 se extienda en el tiempo con el alcance indicado en los fallos "Badaro" y "Cirillo". Las restantes impugnaciones de la demandada fueron declaradas inadmisibles.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios del organismo previsional relacionados con la pauta de movilidad fijada para el período comprendido entre 1995 y 1997, resultan sustancialmente análogos a los analizados y resueltos por el Tribunal en el precedente 'D'Este' (Fallos: 331:2094), votos concurrentes, a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad."

"La cuestión que plantea la ANSeS relacionada con la extensión del criterio de movilidad fijado por el a quo, que resulta similar al establecido por esta Corte en el precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), ha sido resuelta por el Tribunal en el antecedente 'Cirillo' (Fallos: 332:1304), votos concurrentes, cuyas consideraciones se dan por reproducidas."

"Las restantes impugnaciones de la demandada son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • D'EsteCSJN · Fallos 331:2094
  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • CirilloCSJN · Fallos 332:1304

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