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Corte Suprema

EMERGING MARKETS FIXED INCOME LTD. c/ MOSSI DE RONCO HELVECIA ROSA Y OTROS s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema admitió la queja y el recurso extraordinario en una ejecución hipotecaria en pesos, aplicando el precedente Rinaldi sobre pesificación. Revocó la declaración de inconstitucionalidad de las normas de emergencia económica, modificó el cálculo del monto ejecutable y ordenó continuar el trámite conforme a la ley 26.167 de refinanciación hipotecaria.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 265. XLIII. RHE
Pesificacion Emergencia economica Ejecucion hipotecaria Refinanciacion hipotecaria Ley 26.167 Vivienda unica y familiar Mutuo en dolares Inconstitucionalidad Recurso extraordinario Precedente rinaldi

Actor / acreedor ejecutante: Emerging Markets Fixed Income Ltd.

Demandados / ejecutados: Helvecia Rosa Mossi de Ronco y otros (Helvecia Paula Ronco y Mossi, Juan Carlos Arce).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución hipotecaria de un mutuo en dólares, cuyo monto se pretende ejecutar.

¿Qué se resolvió?

se revoca el fallo apelado en cuanto declaró la inconstitucionalidad de las normas de emergencia económica y se lo modifica respecto del modo de calcular el monto de la ejecución; las costas se imponen en el orden causado; se devuelven los autos para cumplir con el trámite de la ley 26.167.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones planteadas en la presente causa vinculadas con la aplicación e interpretación de las normas de emergencia económica (pesificación), resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa 'Rinaldi' (Fallos: 330:855, votos concurrentes), cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."

"...la omisión de pronunciarse al respecto resulta injustificada y dilata innecesariamente una cuestión esencial para resolver en forma definitiva e integral el conflicto suscitado en autos, por lo que cabe admitir, a la luz del precedente citado, que los deudores (...) encuadran en los términos de las normas de refinanciación hipotecaria y que resulta aplicable la ley 26.167."

"...en la escritura pública consta que el préstamo fue solicitado para la refacción del bien hipotecado que constituye la vivienda familiar y permanente de los ejecutados... y no existen en la causa elementos que desvirtúen dichas circunstancias."

Normas que cita

Fallos que cita

  • RinaldiCSJN · Fallos 330:855
  • DomínguezCSJN · Fallos 330:2795
  • Arrigoni, Fulvio c/ Páez, María CristinaCSJN · 09/10/2007

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