CHAUQUE ADRIANA CAROLINA s/ROBO CON ARMAS EN TENTATIVA -CAUSA N°20416-
La Corte Suprema hizo lugar a la queja y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal que había declarado abstracto el recurso fiscal por la condena posterior de la imputada. El tribunal sostuvo que ese fallo desconoció lo resuelto en 2006, que había declarado inconstitucional el procedimiento de consulta del artículo 348 del Código Procesal Penal de la Nación.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (recurso fiscal ante la Cámara de Casación).
¿A quién se demanda?
Adriana Carolina Chauque y otro, imputados por robo con armas en grado de tentativa.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de casación contra la decisión que había sobreseído o elevado a juicio en el marco de la consulta del juez de instrucción prevista en el artículo 348, segundo párrafo, segunda alternativa, del CPPN.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada, ordenando el dictado de una nueva sentencia conforme a lo expuesto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en tales condiciones, la sentencia apelada no se ajusta a lo resuelto por esta Corte el 21 de marzo de 2006, toda vez que en el precedente allí citado se declaró la inconstitucionalidad del artículo 348, segundo párrafo, segunda alternativa, del Código Procesal Penal de la Nación, en cuanto autoriza a la cámara de apelaciones, en los casos en que el juez no está de acuerdo con el pedido de sobreseimiento del fiscal, a apartarlo e instruir al que designe el fiscal de cámara, a fin de producir la elevación a juicio; de modo tal que resulta inválida la consulta efectuada por el juez de instrucción con arreglo a dicha norma y todo lo actuado en consecuencia."
"Que no obstante lo resuelto, el tribunal a quo rechazó nuevamente el recurso de casación con el argumento de que el recurso fiscal había perdido virtualidad por falta de gravamen actual pues ya al tiempo del fallo de esta Corte, Adriana Carolina Chauque había sido condenada (en el marco de un juicio abreviado) por sentencia firme del 18 de septiembre de 2003 a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional..."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que esta Corte comparte los argumentos vertidos por el señor Procurador Fiscal en su dictamen... Por ello, se desestima la queja."
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Normas que cita
- CPPNart. 348
Fallos que cita
- QuirogaCSJN · 24/08/2004 · Fallos 327:5863
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