JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CABRERA MARIA ALEJANDRA c/ BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. s/ORDINARIO

La Corte Suprema admitió formalmente el recurso extraordinario interpuesto por el Banco de Galicia y revocó parcialmente la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial en un reclamo por la desafectación de depósitos bancarios. Ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a los criterios fijados en los precedentes Rodríguez, Ramona y Velo de Ipola.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 419. XLVI. REX
Depositos bancarios Desafectacion de depositos Corralito Banco de galicia Recurso extraordinario Doctrina rodriguez Ramona Doctrina velo de ipola Bonos del estado Sistema financiero Revocacion parcial

¿Quién es el actor?

María Alejandra Cabrera.

¿A quién se demanda?

Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo ordinario vinculado a depósitos bancarios desafectados por la actora (la sentencia no detalla montos ni fechas).

¿Qué se resolvió?

se admitió formalmente el recurso extraordinario y se revocó parcialmente la sentencia apelada, con el alcance indicado en los considerandos. Las costas se impusieron por su orden, en atención a la complejidad de la cuestión y a las particularidades de la causa. Se devolvió la causa al tribunal a quo para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Cuestión de los depósitos bancarios desafectados: "teniendo en cuenta las circunstancias que se presentan en autos y siempre que no se trate de los supuestos examinados en el considerando que sigue, los jueces Petracchi, Zaffaroni y Argibay consideran que resulta aplicable la doctrina establecida en la causa 'Rodríguez, Ramona' (Fallos: 331:901) a cuyos fundamentos se remiten. Los jueces Lorenzetti y Fayt se remiten a sus votos emitidos en la mencionada causa. Por su parte, la jueza Highton de Nolasco se remite, en lo pertinente, a sus fundamentos expresados en el caso 'Cabrera' (Fallos: 327:2905)."

Desafectaciones para aplicar su importe a fines específicos previstos normativamente (por ejemplo, adquisición de bonos del Estado): "los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Zaffaroni y Argibay consideran que resulta aplicable la doctrina establecida en el precedente V.247.XLIII 'Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparo' sentencia de fecha 25 de agosto de 2009, a cuyos fundamentos se remiten por razones de brevedad (confr., en el mismo sentido, causa 'Ramos' considerandos 5° y 6°, Fallos: 331:2316)."

No se registran votos en disidencia en el texto transcripto.

Fallos que cita

  • Rodríguez, RamonaCSJN · Fallos 331:901
  • CabreraCSJN · Fallos 327:2905
  • Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la NaciónCSJN · 25/08/2009
  • RamosCSJN · Fallos 331:2316

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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