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Corte Suprema

RAMOS PEDRO FRANCISCO Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por BankBoston N.A. y revocó la sentencia de la Cámara Federal de Córdoba. Rechazó la demanda de amparo remitiéndose, por análogas razones, a lo resuelto en la causa Mata Peña (Fallos: 330:5111).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 362. XLVI. REX
Amparo Recurso extraordinario Remision a precedente mata pena Costas por cuestion juridica novedosa Revocacion Rechazo de demanda Estado nacional Bankboston n.a.

¿Quién es el actor?

Pedro Francisco Ramos y otro.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y otro (BankBoston N.A. es quien interpone el recurso extraordinario).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo; el texto de la sentencia no describe en detalle la pretensión, la cual se remite a las cuestiones tratadas en "Mata Peña".

¿Qué se resolvió?

Se declara procedente el recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada y se rechaza la demanda en los términos expresados en "Mata Peña". Costas por su orden en razón de tratarse de una cuestión jurídica novedosa (art. 68, segundo párrafo, CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Mata Peña' (Fallos: 330:5111), a la que corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

"Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada y se rechaza la demanda en los términos expresados en la causa 'Mata Peña'. Costas por su orden en razón de tratarse de una cuestión jurídica novedosa (art. 68, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

El texto del precedente al que se remite se encuentra publicado en la página web del Tribunal (www.csjn.gov.ar).

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

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