PAUTASSO ANTONIO NATALIO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de un jubilado y revocó la sentencia que había admitido la prescripción de sus créditos previsionales. El tribunal consideró inaplicable el plazo del art. 82 de la ley 18.037 porque el reajuste fue reclamado antes del vencimiento del plazo y su resolución nunca fue debidamente notificada.
¿Quién es el actor?
Antonio Natalio Pautaso.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de haberes previsionales.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente el recurso extraordinario, se revocó la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había hecho lugar a la excepción de prescripción de los créditos anteriores al 11 de agosto de 2004, y se rechazó dicha excepción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Son procedentes los agravios del jubilado respecto de la inaplicabilidad al caso del art. 82 de la ley 18.037, frente a la existencia de un pedido de reajuste presentado antes de que transcurriera el plazo de la norma aludida, cuya resolución no fue debidamente notificada. Tales circunstancias resultan sustancialmente análogas a las examinadas en el caso G.542.XLI 'Gómez, Antonia c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 9 de febrero de 2010, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, por razón de brevedad."
La Corte remitió a los fundamentos del precedente "Gómez" por razones de brevedad, por lo que la fundamentación de fondo se encuentra en ese fallo.
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Normas que cita
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- Gómez, Antonia c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/02/2010
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