JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GARCIA MARIANA c/ ESTADO NACIONAL Y OTRO s/ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba y rechazó la demanda de acción declarativa de certeza promovida por Mariana García contra el Estado Nacional y otro, aplicando el criterio fijado en el precedente Velo de Ipola. Las costas se impusieron por su orden por la complejidad de la cuestión debatida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 632. XLVI. REX
Accion declarativa de certeza Recurso extraordinario Remision a precedente Velo de ipola Rechazo de demanda Estado nacional Costas por su orden Complejidad de la cuestion.

¿Quién es el actor?

Mariana García.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y otro (en la carátula no se identifica al codemandado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción declarativa de certeza, por la cual la actora pretendía que se la declarase en una situación jurídica determinada frente al Estado (el texto del fallo no describe el contenido concreto de la pretensión).

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada y se rechazó la demanda en los términos del precedente "Velo de Ipola" (causa V.247.XLIII, sentencia del 25 de agosto de 2009). Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable a las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa V.247.XLIII 'Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Minis-terio de Economía de la Nación s/ amparo', sentencia del 25 de agosto de 2009, a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad." La decisión se fundó en la remisión a ese precedente. El fallo no contiene votos en disidencia ni desarrollo argumental propio.

Fallos que cita

  • Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparoCSJN · 25/08/2009

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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