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Corte Suprema

AMORESANO URSULA c/ SINDICATURA GENERAL DE LA NACION s/DESPIDO

La Corte Suprema hizo lugar parcialmente a la queja y al recurso extraordinario interpuestos por la Sindicatura General de la Nación en el reclamo de Úrsula Amoresano por la extinción de su vínculo laboral. Dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme al precedente Ramos (Fallos: 333:311), con costas por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 664. XLV. RHE
Queja Recurso extraordinario Extincion del vinculo contractual Creditos laborales Sindicatura general de la nacion Precedente ramos Fallos 333:311 Art. 280 cpccn Remision de la causa Sentencia dejada sin efecto.

¿Quién es el actor?

Úrsula Amoresano.

¿A quién se demanda?

Sindicatura General de la Nación (recurrente en la queja).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

créditos reconocidos con base en la extinción del vínculo contractual entre las partes.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar parcialmente a la queja y al recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado y se devuelve la causa para que se dicte un nuevo pronunciamiento. Los restantes agravios se declaran inadmisibles (art. 280 del CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas, en cuanto atañen a los créditos reconocidos con base en la extinción del vínculo contractual habido entre las partes, encuentran adecuada respuesta en las consideraciones y conclusiones del precedente 'Ramos, José Luis c/ Estado Nacional (Ministerio de Defensa - A.R.A.)' (Fallos: 333:311), a las que corresponde remitir en razón de brevedad." "Que los restantes agravios son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

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