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Corte Suprema

BOTTO OFELIA Y OTRO c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO

Los actores, ahorristas con depósitos bancarios en dólares, reclamaron contra el PEN por la aplicación de la ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de sus depósitos a razón de $1,40 por dólar, ajustado por CER e intereses del 4% anual, remitiendo a los fundamentos del precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 696. XLV. REX
Ahorro en dolares Corralito Ley 25.561 Decreto 214/02 Pesificacion Depositos bancarios Cer Intereses Amparo Reintegro de depositos

¿Quién es el actor?

Rita Stella Politi y otros ahorristas (causas acumuladas: Politi, Lazcano Carrizo, Mitre, Micheli, García y Botto).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (PEN) y la entidad bancaria depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo por la conversión a pesos de depósitos bancarios en dólares estadounidenses dispuesta por la ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02, y el consiguiente reintegro de los fondos.

¿Qué se resolvió?

Por remisión a los fundamentos de "Massa" (Fallos: 329:5913), la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció a los actores el derecho a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, descontando los pagos a cuenta (incluidos los efectuados por medidas cautelares). Ese derecho tiene como límite el monto fijado por la cámara y excluye los casos en que la obligación se extinguió por canje por bonos del Estado o por aplicación del importe a fines específicos (cancelación de deudas financieras, adquisición de inmuebles o automóviles). Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte sostiene que las cuestiones son sustancialmente análogas a las resueltas en "Massa" y remite a sus fundamentos y conclusiones "en razón de brevedad". No se desarrollan en este fallo fundamentos propios adicionales.

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