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Corte Suprema

FISCO NACIONAL - AFIP c/ BUSTOS ROBERTO ALBINO s/EJECUCION FISCAL

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por el Fisco Nacional en ejecuciones fiscales contra distintas sociedades y particulares. Confirmó parcialmente las sentencias apeladas, aplicando el criterio fijado en el precedente A.F.I.P. c/ Intercorp S.R.L..

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 992. XXXIX. REX
Ejecucion fiscal Recurso extraordinario Administracion federal de ingresos publicos Precedente intercorp Competencia de la corte Sentencia de primera instancia Costas por su orden Seguridad social Confirmacion parcial

¿Quién es el actor?

Fisco Nacional – Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

¿A quién se demanda?

Dubano S.A., FADECYA S.A.C.I.y., Keroda S.R.L., Tecnocam S.A., Editorial Sarmiento S.A., Obra Social de Ceramistas y Roberto A. Bustos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecuciones fiscales promovidas por el organismo recaudador por deudas tributarias y de la seguridad social.

¿Qué se resolvió?

se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se confirman parcialmente las sentencias apeladas, en los términos y con los alcances indicados en el precedente "A.F.I.P. c/ Intercorp". Las costas se imponen por su orden en atención a la complejidad de la cuestión y a la forma en que se resuelve. Se devuelven los autos al tribunal de origen para que proceda conforme a lo decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"de acuerdo con el criterio establecido por esta Corte en la causa A.900.XXXVII 'A.F.I.P. – A.N.S.E.S. c/ Cabodevilla, Guillermo Alberto s/ ejecución fiscal', sentencia del 14 de septiembre de 2010, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos, en razón de brevedad, no obsta a la procedencia de los recursos extraordinarios en examen la circunstancia de que las sentencias impugnadas hayan sido dictadas por un juzgado de primera instancia."

"en cuanto a la cuestión de fondo, resulta aplicable a estos autos el criterio establecido por el Tribunal en la causa A.910.XXXVII 'Administración Federal de Ingresos Públicos c/ Intercorp S.R.L. s/ ejecución fiscal', sentencia del 15 de junio de 2010 a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde asimismo remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

"los jueces Highton de Nolasco, Petracchi y Argibay se remiten a sus respectivas disidencias emitidas en el fallo citado en último término."

Nota: la Dra. Highton de Nolasco, y los Dres. Petracchi y Argibay, se remiten a sus disidencias en Intercorp, por lo que su adhesión a la solución aquí adoptada es en los términos de dicho precedente.

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Cabodevilla, Guillermo AlbertoCSJN · 14/09/2010
  • Intercorp S.R.L.CSJN · 15/06/2010
  • Dubano S.A.CSJN · 14/12/2010
  • FADECYA S.A.C.I.y.CSJN
  • Keroda S.R.L.CSJN
  • Tecnocam S.A.CSJN
  • Editorial Sarmiento S.A.CSJN
  • Obra Social de CeramistasCSJN
  • Bustos, Roberto A.CSJN

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