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Corte Suprema

FISCO NACIONAL - AFIP c/ TECNOCAM SOCIEDAD ANONIMA s/EJECUCION FISCAL

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por el Fisco Nacional en ejecuciones fiscales y confirmó parcialmente las sentencias de primera instancia, remitiendo a los alcances fijados en el precedente A.F.I.P. c/ Intercorp. La Corte no se pronunció sobre el fondo en este pronunciamiento, sino que aplicó por remisión el criterio ya sentado en la causa Intercorp.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 697. XXXIX. REX
Ejecucion fiscal Recurso extraordinario Competencia de la corte Juzgado de primera instancia Remision a precedente A.f.i.p. Intercorp Costas por su orden Deuda tributaria Seguridad social

¿Quién es el actor?

Fisco Nacional – Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

¿A quién se demanda?

Dubano S.A. y otros contribuyentes ejecutados (FADECYA S.A.C.I.y., Keroda S.R.L., Tecnocam S.A., Editorial Sarmiento S.A., Obra Social de Ceramistas y Roberto A. Bustos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecuciones fiscales promovidas por el Fisco Nacional por deudas tributarias y de la seguridad social.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se confirmaron parcialmente las sentencias apeladas, en los términos y con los alcances indicados en el precedente "A.F.I.P. c/ Intercorp S.R.L." (causa A.910.XXXVII, sentencia del 15 de junio de 2010). Las costas se impusieron por su orden, y los autos se devolvieron al tribunal de origen para que proceda conforme a lo decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"de acuerdo con el criterio establecido por esta Corte en la causa A.900.XXXVII 'A.F.I.P. – A.N.S.E.S. c/ Cabodevilla, Guillermo Alberto s/ ejecución fiscal', sentencia del 14 de septiembre de 2010, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos, en razón de brevedad, no obsta a la procedencia de los recursos extraordinarios en examen la circunstancia de que las sentencias impugnadas hayan sido dictadas por un juzgado de primera instancia." Respecto de la cuestión de fondo: "resulta aplicable a estos autos el criterio establecido por el Tribunal en la causa A.910.XXXVII 'Administración Federal de Ingresos Públicos c/ Intercorp S.R.L. s/ ejecución fiscal', sentencia del 15 de junio de 2010 a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde asimismo remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

los jueces Highton de Nolasco, Petracchi y Argibay se remitieron a sus respectivas disidencias emitidas en el precedente "Intercorp", por lo que su posición no constituye la decisión del tribunal en este caso.

Fallos que cita

  • A.F.I.P. – A.N.S.E.S. c/ Cabodevilla, Guillermo Alberto s/ ejecución fiscalCSJN · 14/09/2010
  • A.F.I.P. c/ Intercorp S.R.L. s/ ejecución fiscalCSJN · 15/06/2010

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