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Corte Suprema

FISCO NACIONAL - AFIP c/ EDITORIAL SARMIENTO SOCIEDAD ANONIMA s/EJECUCION FISCAL

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por el Fisco Nacional en ejecuciones fiscales contra distintas sociedades y personas físicas. Confirmó parcialmente las sentencias de primera instancia en los términos fijados por el precedente Intercorp, sin pronunciarse sobre cuestiones de fondo adicionales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 837. XL. REX
Ejecucion fiscal Recurso extraordinario Administracion federal de ingresos publicos Competencia de primera instancia Precedente intercorp Deuda tributaria Seguridad social Sentencia confirmada parcialmente Costas por su orden Corte suprema.

¿Quién es el actor?

Fisco Nacional – Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

¿A quién se demanda?

Dubano S.A., FADECYA S.A.C.I.Y., Keroda S.R.L., Tecnocam S.A., Editorial Sarmiento S.A., Obra Social de Ceramistas y Roberto A. Bustos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecuciones fiscales promovidas por la AFIP para el cobro de deudas tributarias y de la seguridad social.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se confirmaron parcialmente las sentencias apeladas, en los términos y con los alcances indicados en el precedente "A.F.I.P. c/ Intercorp S.R.L." (A.910.XXXVII, sentencia del 15 de junio de 2010). Las costas se impusieron por su orden en atención a la complejidad de la cuestión y a la forma en que se resuelve. Se devolvieron los autos al tribunal a quo para que proceda conforme a lo decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De acuerdo con el criterio establecido por esta Corte en la causa A.900.XXXVII 'A.F.I.P. – A.N.S.E.S. c/ Cabodevilla, Guillermo Alberto s/ ejecución fiscal', sentencia del 14 de septiembre de 2010, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos, en razón de brevedad, no obsta a la procedencia de los recursos extraordinarios en examen la circunstancia de que las sentencias impugnadas hayan sido dictadas por un juzgado de primera instancia."

"En cuanto a la cuestión de fondo, resulta aplicable a estos autos el criterio establecido por el Tribunal en la causa A.910.XXXVII 'Administración Federal de Ingresos Públicos c/ Intercorp S.R.L. s/ ejecución fiscal', sentencia del 15 de junio de 2010 a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde asimismo remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

los jueces Highton de Nolasco, Petracchi y Argibay se remitieron a sus respectivas disidencias emitidas en el fallo "Intercorp", por lo que no adhirieron a la solución de la mayoría en este expediente.

Fallos que cita

  • A.900.XXXVII A.F.I.P. – A.N.S.E.S. c/ Cabodevilla, Guillermo Alberto s/ ejecución fiscalCSJN · 14/09/2010
  • A.910.XXXVII Administración Federal de Ingresos Públicos c/ Intercorp S.R.L. s/ ejecución fiscalCSJN · 15/06/2010

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