ROTTER JUAN MAXIMO JOSE c/ ESTADO NACIONAL Y OTRO Y OTRO s/MEDIDA AUTOSATISFACTIVA
La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar a la queja interpuesta por BBVA Banco Francés S.A., declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos de los precedentes Agüero y Coronel. El juez Zaffaroni votó por declarar inadmisible el recurso.
¿Quién es el actor?
Juan Máximo José Rotter.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional y otro.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el texto no lo identifica; surge únicamente que la cuestión es sustancialmente análoga a la de los precedentes "Agüero" y "Coronel").
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la queja, se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada, devolviendo los autos para que el tribunal a quo, por quien corresponda, dicte un nuevo fallo. Costas por su orden en razón de la complejidad de las cuestiones planteadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos son sustancialmente análogas a las consideradas en las causas 'Agüero' (Fallos: 332:1039) y 'Coronel' (Fallos: 332:1060), a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
"El juez Zaffaroni considera que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
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Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- AgüeroCSJN · Fallos 332:1039
- CoronelCSJN · Fallos 332:1060
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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