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Corte Suprema

SANATORIO SEGUROLA SRL s/QUIEBRA S/INC. DE APEL. ART. 250 CPCC

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires en el incidente de apelación de la quiebra de Sanatorio Segurola SRL. Dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo fallo conforme al precedente Flores de Massari, por remisión a sus fundamentos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 107. XLVII. REX
Quiebra Incidente de apelacion Art. 250 cpccn Recurso extraordinario Sentencia dejada sin efecto Flores de massari Doctrina de la corte Nuevo fallo Costas por su orden Banco de la ciudad de buenos aires.

¿Quién es el actor?

Banco de la Ciudad de Buenos Aires (recurrente en el recurso extraordinario).

¿A quién se demanda?

Sanatorio Segurola SRL, en quiebra; la sindicatura está representada por Marcelo Dborkin.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incidente de apelación del art. 250 del CPCCN en el marco de la quiebra de Sanatorio Segurola SRL.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia de la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial y ordenó remitir los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, dicte un nuevo fallo con arreglo a la doctrina de "Flores de Massari, María Cedermina c/ Zangari, Alejandro" (Fallos: 333:1264). Las costas se impusieron por su orden, en virtud de las particularidades de la relación jurídica debatida (art. 68, segunda parte, CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte sostuvo que resulta aplicable el criterio establecido en "Flores de Massari", a cuyos fundamentos y conclusiones remitió en razón de brevedad. No se transcriben en el documento considerandos propios adicionales.

Normas que cita

Fallos que cita

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