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Flores de Massari, María Cedermina c/ Zangari, Alejandro

La Corte Suprema resolvió sobre la procedencia de intereses en fondos judiciales depositados en dólares, confirmando la obligación de pagar intereses solo sobre los depósitos a plazo fijo y no sobre las cuentas a la vista. Se revocó la tasa de interés aplicada y se aclaró la imposibilidad de imputar

Intereses Fondos judiciales Deposito a plazo fijo Cuenta a la vista Mora Jurisprudencia Derechos economicos Procedimiento civil Responsabilidad bancaria.


¿Quién es el actor?

María Cedermina Flores de Massari

¿A quién se demanda?

Banco de la Ciudad de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Procedencia de intereses sobre fondos judiciales

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR PARCIALMENTE

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte determinó que los intereses son procedentes solo para los depósitos a plazo fijo, siguiendo el precedente "Algodonera Lavallol S.A.", y que las cuentas a la vista no devengan intereses. Se destacó que la actora no apeló la decisión de primera instancia sobre los accesorios, lo que limita la posibilidad de aplicar intereses a esos fondos.

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