JurisprudenciaARG
Corte Suprema

RUFER JORGE ARTURO c/ AFIP s/ACCION MERE DECLARATIVA - MED. CAUTELAR

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de un contribuyente y revocó la sentencia de la Cámara Federal de Rosario, aplicando el criterio de confiscatoriedad fijado en el precedente Candy para hacer lugar a la pretensión de la actora. El tribunal sostuvo que las pruebas documentales y el peritaje contable acreditaban una situación de confiscatoriedad tributaria.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 492. XLIV. REX
Confiscatoriedad Impuesto Accion meramente declarativa Medida cautelar Recurso extraordinario Precedente candy Peritaje contable Afip Capacidad contributiva Principio de no confiscatoriedad

¿Quién es el actor?

Jorge Arturo Rufer.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP – DGI).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción meramente declarativa con medida cautelar, por la cual el actor cuestiona la carga tributaria por confiscatoriedad.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró formalmente procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada en los términos del precedente "Candy" e hizo lugar a la pretensión de la actora conforme al considerando 15 de ese fallo. Las costas se impusieron por su orden en atención a la complejidad de la cuestión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

> "Que las cuestiones planteadas en los presentes autos resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Candy S.A.' (Fallos: 332:1571), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en lo pertinente por razones de brevedad."

> "En efecto, los instrumentos acompañados por la actora (conf. fs. 7/21) y, en especial, las conclusiones del peritaje contable (fs. 165/169) llevan a tener por demostrada la existencia de un supuesto de confiscatoriedad según el criterio establecido en los considerandos 7º y siguientes del referido precedente."

No se registraron votos en disidencia.

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.