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Corte Suprema

RAMIREZ JOSE Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL s/ORDINARIO

Los actores promovieron demandas contra el Estado Nacional por reclamos de naturaleza previsional y salarial de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a los precedentes Salas y Borejko.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 28. XLVII. REX
Personal militar Personal civil Fuerzas armadas Fuerzas de seguridad Recurso extraordinario Remision a precedentes Estado nacional Salas Borejko Nuevo pronunciamiento

¿Quién es el actor?

Jose Ramírez y otros, junto con Nicandro Arce, Luis Amarilla Paredes, Elisa Arteaga Veytia, Gladys Elsa Aguirre, Alejo Roberto Barrera, Norma Calogero, Carlina Méndez, Elida Zanolli y otros actores individualizados en el expediente.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamos vinculados a los planteos de los actores en materia de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, cuyo detalle concreto no surge del texto transcripto.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios, se dejaron sin efecto las sentencias apeladas y se ordenó que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con el alcance indicado en los precedentes citados. Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los planteos de los actores suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en las causas: S.301.XLIV 'Salas, Pedro Ángel y otros c/ Estado Nacional – Ministerio de Defensa s/ amparo' y B.965.XLV 'Borejko, Carlos Isidoro y otros c/ EN – Mº Interior –GN- dtos. 1246/05 1126/06 s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.', sentencias de fecha 15 de marzo y 12 de julio de 2011, respectivamente, a cuyas consideraciones corresponde remitir en razón de brevedad."

"Por ello, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con el alcance indicado en los precedentes citados 'Salas' y 'Borejko'. Costas por su orden."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Salas, Pedro Ángel y otros c/ Estado Nacional – Ministerio de Defensa s/ amparoCSJN · 15/03/2011
  • Borejko, Carlos Isidoro y otros c/ EN – Mº Interior –GN s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.CSJN · 12/07/2011

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