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Corte Suprema

PAREDES BERTA ISABEL c/ MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y OTRO s/ART. 3 LEY 24043

La Corte Suprema hizo lugar a la queja del Estado Nacional, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia que había reconocido a la actora una indemnización por exilio durante un gobierno de facto. Ordenó dictar un nuevo pronunciamiento y dispuso que un único tribunal entienda en esta causa y en otras dos conexas entre familiares directos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 1005. XLIV. RHE
Exilio Gobierno de facto Indemnizacion Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Estado nacional Derechos humanos Conexidad de causas Fundamentacion autonoma

¿Quién es el actor?

Berta Isabel Paredes.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo indemnizatorio vinculado al exilio de la actora durante el gobierno de facto.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, ordenando el dictado de un nuevo pronunciamiento. Dispuso además que un único tribunal entienda en esta causa y en los expedientes P.143.XLVI y P.1059.XLIV, para evitar sentencias contradictorias entre familiares directos. Eximió al recurrente del depósito del art. 286 del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la mayoría remitió a los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, "cuyos términos se dan por reproducidos en razón de brevedad". Los ministros Petracchi y Zaffaroni, en disidencia, sostuvieron que el recurso extraordinario "no refuta todos y cada uno de los fundamentos de la sentencia apelada" y por eso desestimaron la queja. La ministra Argibay, también en disidencia, consideró que el recurso de hecho "no cumple con el requisito de fundamentación autónoma".

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