JurisprudenciaARG
Corte Suprema

JOHNSON Y JOHNSON MEDICAL SA c/ CITIBANK NA s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara en el juicio entre Johnson & Johnson Medical S.A. y Citibank N.A. (Sucursal Buenos Aires), aplicando el precedente Johnson & Johnson de Argentina S.A. CAI c/ Deutsche Bank S.A. y declarando improcedente el recurso en lo referido a los intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
J. 66. XLIV. REX
Recurso extraordinario Remision a precedente Fallos 334:516 Intereses Improcedencia art. 280 cpccn Costas por su orden Recurso de hecho Citibank Johnson & johnson medical Contrato bancario

¿Quién es el actor?

Johnson & Johnson Medical S.A.

¿A quién se demanda?

Citibank N.A. (Sucursal Buenos Aires)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el texto no detalla el reclamo original, sólo se menciona la condena al pago de intereses).

¿Qué se resolvió?

Se declara formalmente admisible el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada con los alcances que resultan del precedente "Johnson & Johnson de Argentina S.A. CAI c/ Deutsche Bank S.A. s/ cumplimiento de contrato" (Fallos: 334:516). Respecto de los agravios sobre la condena al pago de intereses, el recurso es declarado improcedente (art. 280 del CPCCN). Se desestima el recurso de hecho, se declara perdido el depósito de fs. 2 de la queja y las costas se distribuyen por su orden (art. 68, segunda parte, CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable en los presentes autos el criterio establecido por el Tribunal en la causa 'Johnson & Johnson de Argentina S.A. CAI c/ Deustche Bank S.A. s/ cumplimiento de contrato' (Fallos: 334:516), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse, en lo pertinente, en razón de brevedad.

En lo relativo a los agravios sobre la condena al pago de intereses, el recurso es improcedente (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • CPCCNarts. 280, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

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