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Corte Suprema

ORIOLO HERNAN MARTIN c/ METROPOLITAN LIFE SEGUROS DE VIDA S.A. s/ORDINARIO

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de la aseguradora y revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, aplicando la doctrina del precedente Longobardi sobre la actualización de prestaciones de seguros de vida. Desestimó el recurso extraordinario de la parte actora por inadmisible.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
O. 110. XLVII. REX
Seguro de vida Actualizacion de prestaciones Longobardi Vaisman Recurso extraordinario Inadmisibilidad Doctrina de precedente Metlife seguros de vida Ajuste monetario Contratos de seguro

¿Quién es el actor?

Hernán Martín Oriolo.

¿A quién se demanda?

Metlife Seguros de Vida S.A. (Metropolitan Life Seguros de Vida S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

proceso ordinario por el cobro de prestaciones derivadas de un seguro de vida; el fallo no detalla en el texto transcripto los montos ni el contenido puntual del reclamo.

¿Qué se resolvió?

la Corte concedió el recurso de la aseguradora, revocó la sentencia apelada y ordenó que el tribunal de origen dicte un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina de "Longobardi". Rechazó por inadmisible el recurso extraordinario del actor. Las costas se impusieron por su orden, en atención a la complejidad de la cuestión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la cuestión debatida en los presentes autos es sustancialmente análoga a la examinada por el Tribunal al pronunciarse en la causa 'Vaisman, Víctor Gabriel y otro c/ Poder Ejecutivo Nacional – Minist. de Economía y otro s/ amparo', (Fallos: 332:1082)."

"tal como allí se decidió, resulta aplicable, en lo pertinente, la doctrina de la causa 'Longobardi' (Fallos: 330:5345), votos concurrentes, cuyos fundamentos y conclusiones corresponde dar por reproducidos en razón de brevedad."

Respecto del recurso, "la jueza Argibay se remite –en lo pertinente- a los fundamentos desarrollados en los autos 'Longobardi' y 'Benedetti' (Fallos: 331:2006); y, por su parte, los jueces Lorenzetti y Fayt se remiten a sus disidencias en la citada causa 'Longobardi'."

"el recurso extraordinario deducido por la parte actora es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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