TOYOS ESTRELLA LILIANA Y OTRO c/ RIOS HUGO DANIEL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS ACC. TRAN. C/LES. O MUERTE
La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de la aseguradora citada en garantía en un juicio por daños y perjuicios derivado de un accidente de tránsito con muerte. El Tribunal revocó la decisión apelada y sostuvo que la franquicia pactada en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación.
¿Quién es el actor?
Estrella Liliana Toyos y otro.
¿A quién se demanda?
Hugo Daniel Ríos y otros; la aseguradora Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, citada en garantía, es la recurrente.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con resultado de muerte.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó la decisión apelada y admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (conf. art. 16, segunda parte, de la ley 17.418).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios de la aseguradora recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en los precedentes 'Nieto', 'Villarreal' y 'Cuello' (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483), O.166.XLIII 'Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otros' y G.327.XLIII 'Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otro', sentencias del 4 de marzo de 2008, y en la causa N.154.XLIV 'Nieto, Nicolasa del Valle c/ La Cabaña S.A. y otros s/ daños y perjuicios (acción de trán. c/ les. o muerte)', fallada el 6 de septiembre de 2011."
"El juez Lorenzetti se remite a su voto en la última causa citada."
Por ello, resultando inoficioso que dictamine el señor Procurador General, con el alcance indicado, "se declara formalmente admisible el recurso extraordinario y se revoca la decisión apelada. En consecuencia, se admite que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (conf. art. 16, segunda parte, de la ley 17.418)."
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Normas que cita
Fallos que cita
- NietoCSJN · 21/07/2009 · Fallos 329:3054
- VillarrealCSJN · Fallos 331:379
- CuelloCSJN · Fallos 330:3483
- Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
- Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008
- Nieto, Nicolasa del Valle c/ La Cabaña S.A. y otros s/ daños y perjuiciosCSJN · 06/09/2011
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