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Corte Suprema

LOSITO HORACIO Y OTROS s/LEY 24390

El Ministerio Público Fiscal interpuso recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal en la causa seguida a Horacio Losito y otros por infracción a la ley 24.390. La Corte Suprema declaró procedente el recurso y revocó la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos del precedente Acosta, Jorge Eduardo y otros s/ recurso de casación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 197. XLVI. REX
Recurso extraordinario Ministerio publico fiscal Camara federal de casacion penal Ley 24.390 Prision preventiva Revocacion Remision a precedente Acosta Procedencia del recurso.

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representado por Raúl Omar Plee, Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal).

¿A quién se demanda?

Horacio Losito y otros (representados por la Dra. Graciela Liliana Galván, Defensora Oficial ad hoc).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, en un proceso por infracción a la ley 24.390 (medidas cautelares/prisión preventiva, según el régimen de la ley 24.390).

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró procedente el recurso del Ministerio Público Fiscal, revocó la sentencia apelada y ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte nueva sentencia conforme al presente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto por el Tribunal en la causa A. 93.XLV. 'Acosta, Jorge Eduardo y otros s/ recurso de casación', sentencia del 8 de mayo de 2012, a cuyos fundamentos cabe remitirse en razón de brevedad." Asimismo, el Dr. Enrique Santiago Petracchi, en su voto, consideró que "El recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)" y, por ello, lo declaró mal concedido. Ese criterio quedó en minoría y no integra la decisión del tribunal.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Acosta, Jorge Eduardo y otros s/ recurso de casaciónCSJN · 08/05/2012

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