BARBAT CECILIA c/ UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES s/DESPIDO
La Corte Suprema revocó la sentencia que había condenado a la Universidad de Buenos Aires a indemnizar a una docente por despido en los términos de la Ley de Contrato de Trabajo. Sostuvo que, por la naturaleza de la relación con un ente estatal, la reparación debe buscarse en el derecho público, aplicando por analogía la indemnización del art. 11 de la Ley 25.164.
¿Quién es el actor?
Cecilia Barbat.
¿A quién se demanda?
Universidad de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por la ruptura del vínculo laboral que unía a las partes, bajo la apariencia de sucesivos contratos por tiempo determinado.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó la sentencia de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y ordenó el dictado de un nuevo fallo conforme a lo expresado. Las costas se impusieron por su orden por el cambio de jurisprudencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"el comportamiento de la Universidad tuvo aptitud para generar en la actora una legítima expectativa de permanencia laboral que merece la protección que el art. 14 bis de la Constitución Nacional otorga al trabajador contra el 'despido arbitrario'".
"Sin embargo, asiste razón a la apelante en cuanto a que resulta arbitraria la aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo para determinar la indemnización a pagar por la Universidad. Ello es así porque, tal como se señaló en el precedente 'Ramos' citado, cuando —como en el caso— 'por el modo en el que se desenvolvió la relación a lo largo de los años, el tipo de tareas que desempeñaba el actor y las figuras contractuales utilizadas, las partes no tuvieron la intención de someter el vínculo a un régimen de derecho privado (…) y considerando que se trata de la reparación por la conducta ilegítima de un organismo estatal, la solución debe buscarse en el ámbito del derecho público y administrativo'".
"a falta de previsiones legislativas específicas, debe acudirse a una solución que, por analogía, repare debidamente los perjuicios sufridos por el actor en este caso… la aplicación de la indemnización prevista por el artículo 11 de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional (ley 25.164), resulta una medida equitativa para reparar los perjuicios demostrados por el actor".
Sobre el sometimiento voluntario al régimen: "el principio protectorio que éste enuncia y el carácter inviolable de los derechos que reconoce, conducen con necesidad a la indisponibilidad y a la prohibición de renuncia de la aplicación de las normas que tutelan el trabajo 'en todas sus formas', vale decir, tanto al prestado en el ámbito público como en el privado".
Sobre la competencia: "razones análogas a las que llevaron a enunciar la doctrina de la causa 'Téllez' aconsejan que el sub lite, dado su avanzado estado de tramitación, continúe y finalice ante el fuero laboral".
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 14 bis
- Ley 25.164art. 11 · Marco de regulacion del empleo publico nacional
- Ley 48arts. 14, inc. 3° · Justicia nacional
- CPCCNarts. 68, segundo párrafo · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 20.744
Fallos que cita
- Ramos, José Luis c/ Estado Nacional (Min. de Defensa - A.R.A.)CSJN · Fallos 333:311
- GilCSJN · Fallos 312:245
- TéllezCSJN · Fallos 308:552
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.