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Corte Suprema

HENIN GUILLERMO ARTURO Y OTROS s/S/INC. DE PROCESAMIENTO Y EMBARGO

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al recurso extraordinario interpuesto por la defensa de los imputados en una causa de procesamiento y embargo, y revocó la sentencia de la Sala II de la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal. El tribunal advirtió que dicha Cámara omitió pronunciarse sobre el planteo de violación de la garantía a ser juzgado en un plazo razonable y ordenó reenviar la causa para que se resuelva ese punto federal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 5. XLV. REX
Recurso extraordinario Omision de pronunciamiento Cuestion federal Garantia de plazo razonable Insubsistencia de la accion penal Procesamiento Embargo Reenvio Competencia apelada Corte suprema.

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (parte acusadora en la causa penal).

¿A quién se demanda?

Guillermo Arturo Henin y otros, procesados.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

procesamiento y embargo dictados en la causa penal, impugnados por la defensa.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que trate la cuestión federal comprometida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"esta Corte advierte que la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, al resolver las impugnaciones de las partes, omitió pronunciarse sobre el agravio planteado en tiempo y forma por la defensa técnica de los recurrentes vinculado con la violación de la garantía a ser juzgados en un plazo razonable y por la que, en consecuencia, devendría la insubsistencia de la acción penal esgrimida en su contra." "Sentado ello, correspondería hacer lugar al recurso y reenviar la causa para que el a quo trate el punto federal cuya afectación se invoca; en tanto la omisión del tribunal de última instancia designado por las leyes 48 o 4055 de pronunciarse sobre la cuestión federal involucrada, constituye un obstáculo para que esta Corte Suprema pueda ejercer su competencia apelada."

¿Cómo votaron los jueces?

propuso declarar mal concedido el recurso por inadmisible, en los términos del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

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