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Corte Suprema

GARCIA MARIA DEL CARMEN c/ ESTADO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario interpuesto por el Banco Comafi S.A. y dejó sin efecto la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata en lo que fue materia del recurso, por compartir los fundamentos del dictamen de la Procuradora Fiscal. Ordenó remitir las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme a lo resuelto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 620. XLVII. REX
Recurso extraordinario Amparo Banco comafi s.a. Dictamen de la procuradora fiscal Nuevo fallo Camara federal de apelaciones de la plata Estado nacional Costas Admisibilidad.

¿Quién es el actor?

María del Carmen García y otro.

¿A quién se demanda?

el Estado Nacional y otro (en el amparo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo promovido por los actores contra el Estado Nacional y otro demandado. El texto no detalla el reclamo de fondo.

¿Qué se resolvió?

se declaró admisible el recurso extraordinario interpuesto por el Banco Comafi S.A. y se dejó sin efecto la sentencia apelada en cuanto fue materia de aquél, con costas. Se ordenó remitir las actuaciones al tribunal de origen para que, por quien corresponda, dicte un nuevo fallo de acuerdo con lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que corresponde remitirse en razón de brevedad."

"Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara admisible el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada en cuanto fue materia de aquél. Con costas."

Los fundamentos concretos del dictamen de la Procuradora Fiscal no surgen del texto aportado.

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