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Corte Suprema

ZACCHEO JULIO MARIO c/ FERNANDEZ MARIA MARTA Y OTRO s/EJECUCION

El actor Julio Mario Zaccheo promovió ejecución contra María Marta Fernández y otro por un crédito originalmente expresado en moneda extranjera. La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y resolvió que el crédito se convierta a pesos a razón de un peso por dólar más el 50% de la brecha cambiaria, salvo que el CER arroje un resultado superior.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Z. 46. XLV. REX
Emergencia economica Pesificacion Obligaciones en moneda extranjera Principio del esfuerzo compartido Cer Brecha cambiaria Conversion a pesos Fuero de atraccion Recurso extraordinario Ley 25.561

¿Quién es el actor?

Julio Mario Zaccheo.

¿A quién se demanda?

María Marta Fernández y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro ejecutivo de un crédito en moneda extranjera.

¿Qué se resolvió?

se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, se dejó sin efecto el fallo apelado y, por aplicación del principio del esfuerzo compartido, se dispuso que el importe en moneda extranjera se convierta a pesos a razón de un peso por dólar estadounidense, más el 50% de la brecha entre un peso y la cotización del dólar en el mercado libre de cambio (tipo vendedor) del día del pago, salvo que el CER arroje un resultado superior. Las costas de los incidentes relativos a la validez constitucional de las normas de emergencia, y las de esta instancia, se impusieron en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en el presente juicio resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa Longobardi (Fallos: 330:5345), votos concurrentes, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir -en lo pertinente- por razones de brevedad." Se resolvió, en uso de las atribuciones del art. 16, segundo párrafo, de la ley 48, "por aplicación del principio del esfuerzo compartido" la conversión descripta, y se impusieron las costas "en el orden causado atento a la forma en que se decide y a la naturaleza de las cuestiones propuestas". Los autos vuelven al tribunal de origen en virtud de la operatividad del fuero de atracción.

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

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