GOMEZ MIGUEL ANGEL s/CAUSA Nº 12156
El recurso de hecho deducido por la defensa de Miguel Ángel Gómez contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal fue admitido por la mayoría de la Corte Suprema. El Tribunal dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar una nueva conforme a lo resuelto en la causa Rivero, por remisión a sus fundamentos.
Actor (quien recurre): Miguel Ángel Gómez, asistido por el Dr. Roberto Ribas (defensa).
Demandado / parte contraria: No surge del texto (proceso penal; intervino el Ministerio Público).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario denegado por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, en causa penal seguida contra Miguel Ángel Gómez (causa n° 215; expte. G.181.XLVII).
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte nueva sentencia. Se acumuló al recurso principal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones debatidas en el sub lite resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas in re R.1695.XLI 'Rivero, Fernando Gabriel s/ causa n° 574', sentencia del 11 de agosto de 2009, cuyos fundamentos cabe remitirse en razón de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
Petracchi y Argibay: "Que el apelante no ha dado cumplimiento con el recaudo establecido en el art. 4° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, por lo que corresponde desestimar la presente queja." Proponían desestimar la queja e intimar el depósito del art. 286 CPCCN.
Highton de Nolasco: "Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Proponía desestimar la queja e intimar el mismo depósito.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.