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Corte Suprema

ERASO RAUL ALFREDO Y OTRO c/ s/CAUSA N° 8264

La Corte Suprema hizo lugar a la queja de la AFIP-DGI contra la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal que había rechazado el recurso de la querella en un caso de evasión tributaria. Dejó sin efecto la sentencia de casación por carecer de una mayoría de fundamentos que sostuviera la decisión, ordenando dictar una nueva.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 141. XLVI. RHE
Evasion tributaria Recurso extraordinario Queja Legitimacion de la querella Sentencia de tribunal colegiado Mayoria de fundamentos Concurso aparente de leyes Ley 24.769 Ley 23.966 Camara federal de casacion penal

Actor (querellante): Dirección General Impositiva de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP-DGI), representada por los abogados Mónica Beatriz Folchi y Mauricio Sebastián Britapaja.

Demandado / imputados: Raúl Alfredo Eraso y Carlos Victoriano P.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Delitos de evasión agravada de tributos (art. 2, incs. "a" y "c", ley 24.769) e infracción al art. 29 de la ley 23.966.

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, con el alcance indicado en el dictamen del Procurador General.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Esta Corte comparte en lo pertinente los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador General de la Nación, cuyos términos se dan por reproducidos en razón de brevedad."

Según el dictamen, es doctrina de la Corte que las sentencias de tribunales colegiados son inválidas cuando resultan de una mera agregación de opiniones individuales que no exhibe una coincidencia mayoritaria sustancial sobre los fundamentos que dan apoyo a la decisión. Ese es el caso de la sentencia de casación: el rechazo se sostuvo en la coincidencia de dos votos con fundamentos contradictorios sobre la legitimación de la querella para impugnar.

"Entiendo, en fin, que V.E. debería darle a este caso la misma solución que ordenó entonces [Fallos: 312:1058] y, así, descalificar la sentencia de casación impugnada y ordenar el dictado de una nueva."

¿Cómo votaron los jueces?

La decisión no fue unánime en la forma de resolver. La ministra Argibay, junto con el ministro Petracchi, desestimó la queja por considerar inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 del CPCCN), según el voto que consta en el expediente. Por lo tanto, la mayoría que hizo lugar a la queja debe leerse con cuidado: el voto de Argibay y Petracchi aparece en el mismo documento con una solución contraria, por lo que el resultado formal se obtiene del pronunciamiento de la Corte como tribunal.

Normas que cita

  • Ley 24.769arts. 1, 2 · Regimen penal tributario
  • Ley 23.966art. 29 · Impuestos - prevision social
  • CPPNart. 82 · Codigo procesal penal
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • SantillánCSJN · Fallos 321:2021
  • LaconiCSJN · Fallos 312:1058
  • Fallos 326:1885CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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