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Corte Suprema

Roldán, Fabián Alejandro y otro c/ Microomnibus Gral. Pacheco SRL y otros s/daños y perjuicios (acc. tran. c/les. o muerte)

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de la aseguradora y revocó la decisión apelada, al considerar que la franquicia prevista en el contrato de seguro de transporte público de pasajeros es oponible al tercero damnificado. Con ello, la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 842. XLVIII. REX
Franquicia Contrato de seguro Transporte publico de pasajeros Oponibilidad al tercero damnificado Citacion en garantia Limites de la contratacion Ley de defensa del consumidor Accidente de transito Recurso extraordinario Responsabilidad civil.

¿Quién es el actor?

Fabián Alejandro Roldán y otro.

¿A quién se demanda?

Microómnibus Gral. Pacheco SRL y otros; la aseguradora Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, citada en garantía.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con lesiones o muerte, en el marco de un transporte público de pasajeros.

¿Qué se resolvió?

se revocó la decisión apelada y se admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la sentencia no puede ejecutarse contra la aseguradora sino dentro de los límites de la contratación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en los precedentes 'Nieto', 'Villarreal' y 'Cuello' (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483) y en las causas O.166.XLIII. 'Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otros' y G.327.XLIII. 'Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otro', sentencias del 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones se dan por reproducidas."

"Los argumentos del a quo referentes a la aplicación al caso de la ley de Defensa del Consumidor, según la modificación de la ley 26.361, resultan insuficientes para modificar el criterio de esta Corte respecto del alcance de la franquicia estipulada en el contrato de seguro del transporte público de pasajeros (conf. causas M.1319.XLIV 'Martínez de Costa, María Ester c/ Vallejos, Hugo Manuel y otros s/ daños y perjuicios acc. trán. c/ les. o muerte', fallada el 9 de diciembre de 2009, y D.174.XLVII 'De Marco, Nicolás c/ Línea 71 SA y otro s/ daños y perjuicios', sentencia del 12 de julio de 2011)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • NietoCSJN · Fallos 329:3054
  • VillarrealCSJN · Fallos 331:379
  • CuelloCSJN · Fallos 330:3483
  • Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
  • Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008
  • Martínez de Costa, María Ester c/ Vallejos, Hugo Manuel y otros s/ daños y perjuiciosCSJN · 09/12/2009
  • De Marco, Nicolás c/ Línea 71 SA y otro s/ daños y perjuiciosCSJN · 12/07/2011

Más jurisprudencia sobre

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