Cano, Jorge R. y otros s/causa nº 13398
La Corte Suprema admitió una queja por recurso extraordinario en una causa penal de Jorge R. Cano y otros, por entender que el planteo es sustancialmente análogo a lo resuelto en el precedente Aráoz. Declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a esa doctrina.
¿Quién es el actor?
DESCONOCIDO (el texto no identifica a la parte que promueve la queja más allá de los imputados Jorge R. Cano y otros).
¿A quién se demanda?
DESCONOCIDO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el texto no describe el reclamo original).
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Se remiten los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a la doctrina del precedente A.941.XLV "Aráoz, Héctor José si causa n° 10.410" (resuelto el 17 de mayo de 2011).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la cuestión planteada en la presente causa resulta sustancialmente análoga, mutatis mutandi, a la examinada y resuelta el 17 de mayo de 2011 por el Tribunal en el precedente A.941.XLV 'Aráoz, Héctor José si causa n° 10.410', a cuyos fundamentos y conclusiones, dado que son aplicables al sub lite, cabe remitirse."
"Por ello, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada."
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Fallos que cita
- Aráoz, Héctor José si causa n° 10.410CSJN · 17/05/2011
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