JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Cano, Jorge R. y otros s/causa nº 13398

La Corte Suprema admitió una queja por recurso extraordinario en una causa penal de Jorge R. Cano y otros, por entender que el planteo es sustancialmente análogo a lo resuelto en el precedente Aráoz. Declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a esa doctrina.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 41. XLVIII. RHE
Queja Recurso extraordinario Precedente araoz Doctrina de la corte Remision a precedente Nuevo pronunciamiento Causa penal Cano Sala i camara federal de casacion penal

¿Quién es el actor?

DESCONOCIDO (el texto no identifica a la parte que promueve la queja más allá de los imputados Jorge R. Cano y otros).

¿A quién se demanda?

DESCONOCIDO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el texto no describe el reclamo original).

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Se remiten los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a la doctrina del precedente A.941.XLV "Aráoz, Héctor José si causa n° 10.410" (resuelto el 17 de mayo de 2011).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión planteada en la presente causa resulta sustancialmente análoga, mutatis mutandi, a la examinada y resuelta el 17 de mayo de 2011 por el Tribunal en el precedente A.941.XLV 'Aráoz, Héctor José si causa n° 10.410', a cuyos fundamentos y conclusiones, dado que son aplicables al sub lite, cabe remitirse."

"Por ello, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada."

Fallos que cita

  • Aráoz, Héctor José si causa n° 10.410CSJN · 17/05/2011

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