JurisprudenciaARG
Corte Suprema

FRANCO ANDRES c/ EJERCITO ARGENTINO Y OTROS s/SUMARIO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional (Ejército Argentino) en una causa promovida por Andrés Franco y dejó sin efecto la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, ordenando que se dicte un nuevo pronunciamiento. La Corte resolvió remitiéndose a los fundamentos del dictamen de la Procuradora Fiscal, a los que adhirió en razón de brevedad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 228. XLVI. REX
Recurso extraordinario Estado nacional Ejercito argentino Sumario Dictamen de la procuradora fiscal Dejar sin efecto Nuevo pronunciamiento Corte suprema Art. 280 cpccn.

¿Quién es el actor?

Andrés Franco.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ejército Argentino y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Causa caratulada "Franco, Andrés c/ Ejército Argentino y otros s/ sumario" (expediente F. 228. XLVI).

¿Qué se resolvió?

Se declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional y se dejó sin efecto la decisión apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones expuestos en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que cabe remitir en razón de brevedad." El texto de la sentencia no transcribe los fundamentos del dictamen, que no se encuentran en el documento analizado.

Antecedente de la misma causa: en una resolución anterior, la Corte había declarado inadmisible un recurso extraordinario (art. 280 del CPCCN) en la misma causa, con dictamen de la Procuradora Fiscal; el presente pronunciamiento es una resolución posterior que declara procedente el recurso.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.