JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Abusleme, Victo D c/ P.E.N. s/amparo

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Nuevo Banco Industrial de Azul S.A. en un amparo promovido por un ahorrista por la restitución de depósitos. El Tribunal limitó la responsabilidad de la entidad recurrente sobre los depósitos originariamente constituidos en el Banco Velox a los montos fijados por la resolución BCRA 659/02, dejando a salvo el reclamo del ahorrista contra el Banco Velox.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 918. XLVIII. REX
Recurso extraordinario Amparo Depositos bancarios Banco velox Nuevo banco industrial de azul Limitacion de responsabilidad Resolucion bcra 659/02 Corralito bancario Acordada 4/07 Intereses de depositos.

¿Quién es el actor?

Víctor David Abusleme.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (amparo), con intervención del Nuevo Banco Industrial de Azul S.A. como recurrente en la instancia extraordinaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

restitución de depósitos bancarios de los que el actor era titular en el Banco Velox, cuyos depósitos fueron transferidos al Nuevo Banco Industrial de Azul S.A.

¿Qué se resolvió?

se declara procedente el recurso extraordinario; se deja sin efecto la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; se ordena dictar un nuevo fallo conforme a lo expresado. Las costas se distribuyen en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en atención a la naturaleza de los agravios planteados por la recurrente y a la jurisprudencia establecida al respecto, el Tribunal considera que la inobservancia del recaudo previsto en la acordada 4/07 en la que ha incurrido el apelante no constituye un obstáculo insalvable para la admisibilidad de la pretensión recursiva (conf. art. 11 del reglamento aprobado por dicha acordada)."

"Que de acuerdo con el criterio establecido por esta Corte al decidir la causa S.78.XLII 'Seligmann, Liliana Isabel y otro c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo' -sentencia del 7 de octubre de 2008-, corresponde hacer lugar a los agravios expuestos por el Nuevo Banco Industrial de Azul S.A., fundados en la limitación de su responsabilidad, respecto de los depósitos constituidos originariamente en el Banco Velox, a los conceptos y sumas asumidas según los términos de la resolución del BCRA 659/02; dejando a salvo el derecho del ahorrista a reclamar, en su caso, del Banco Velox, a través de las vías que pudieren corresponder, el monto excedente."

Normas que cita

  • Acordada 4art. 11
  • Resolución 659

Fallos que cita

  • Seligmann, Liliana Isabel y otro c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparoCSJN · 07/10/2008

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