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Corte Suprema

OVIEDO GRACIELA RAMONA c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DEL INTERIOR - PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario en un reclamo de daños y perjuicios contra el Estado Nacional por el fallecimiento de un familiar en el ámbito de las fuerzas de seguridad. El voto mayoritario confirmó la sentencia apelada por remisión a precedentes, mientras que el voto del Dr. Zaffaroni propuso dejarla sin efecto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
O. 268. XLVI. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Danos y perjuicios Estado nacional Prefectura naval argentina Fuerzas de seguridad Remision a precedentes Leston Aragon Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Graciela Ramona Oviedo, en representación de sus hijos Graciela Noemí Herrera, Matías Eduardo Herrera, María Inés Herrera y Pablo Javier Herrera.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio del Interior - Prefectura Naval Argentina, Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seguridad.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo de daños y perjuicios.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada, con costas por su orden en atención a la naturaleza de la cuestión planteada (art. 68, segunda parte, del CPCCN). El Dr. Zaffaroni votó en disidencia, proponiendo dejar sin efecto la sentencia apelada y devolver los autos para un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte presentan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa L.377.XLI 'Leston, Juan Carlos c/ Estado Nacional - Ministerio del Interior - Policía Federal Argentina s/ daños y perjuicios'; sentencia del 18 de diciembre de 2007, a cuyos fundamentos corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado en la causa 'Aragón', registrado en Fallos: 330:5205 (disidencia de los jueces Highton de Nolasco y Zaffaroni), a cuyos fundamentos, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Leston, Juan Carlos c/ Estado Nacional - Ministerio del Interior - Policía Federal Argentina s/ daños y perjuiciosCSJN · 18/12/2007
  • AragónCSJN · Fallos 330:5205

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