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Corte Suprema

Sebastiani, Ovidio Domingo c/ Vanor S.R.L. s/ordinario - despido - recurso de casación

Un actor reclamó por despido en una causa laboral cordobesa y el recurso extraordinario llegó a la Corte Suprema. La Corte declaró la nulidad del auto que concedió ese recurso por estar fundado en términos genéricos, y devolvió el expediente al Tribunal Superior de Justicia de Córdoba para que dicte una nueva decisión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 600. XLIX. REX
Recurso extraordinario Arbitrariedad Nulidad del auto de concesion Fundamentacion Jurisdiccion extraordinaria Derecho de defensa Despido Tribunal superior de justicia de cordoba Fallos 323:1247 Fallos 325:2319

¿Quién es el actor?

Ovidio Domingo Sebastiani.

¿A quién se demanda?

Vanor S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo ordinario por despido.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema declaró la nulidad de la resolución del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba que concedió el recurso extraordinario, por no estar debidamente fundada, y ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte una nueva decisión sobre el punto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que este último, al conceder el recurso extraordinario (fs. 559/560) se expresó en términos muy genéricos. En efecto, se limitó a enunciar 'que el presentante acusa que el fallo en crisis contiene una apreciación sesgada del material probatorio…'".

"Que conviene recordar sobre el punto que, si bien es esta Corte exclusivamente la que debe decidir si existe o no el mencionado supuesto, esto no releva a los órganos judiciales de resolver circunstanciadamente si la apelación federal, prima facie valorada, cuenta con fundamentos suficientes para dar sustento a la invocación de un caso excepcional, como lo es el de la arbitrariedad (Fallos: 323:1247; 325:2319)".

"Que, de ser seguida la orientación opuesta, el Tribunal debería admitir que su jurisdicción extraordinaria se viese, en principio, habilitada o denegada sin razones que avalen uno u otro resultado, lo cual irroga un claro perjuicio al derecho de defensa de los litigantes y al adecuado servicio de justicia de la Corte (Fallos: 323:1247; 325:2319)".

"Que los términos sumamente genéricos del auto de concesión evidencian que el superior tribunal no analizó circunstanciadamente… la apelación federal para poder efectuar la valoración a que obliga la doctrina citada precedentemente".

"Que, en tales condiciones, la concesión del remedio federal no aparece debidamente fundada, por lo que debe ser declarada su nulidad al no dar satisfacción a los requisitos idóneos para la obtención de la finalidad a la que se hallaba destinada".

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

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