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Corte Suprema

SUÑER RODRIGUEZ SAA VIUDA DE PETRINO MARTA SUSANA c/ SUPERIOR GOBIERNO DE LA PCIA. DE SAN LUIS s/DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA

Marta Susana Suñer Rodríguez Saa viuda de Petrino demandó contenciosa administrativamente al Superior Gobierno de la provincia de San Luis. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia recurrida y ordenó el dictado de un nuevo pronunciamiento por el tribunal de origen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 366. XLVII. REX
Recurso extraordinario Demanda contenciosa administrativa San luis Superior tribunal de san luis Remision al dictamen de la procuradora fiscal Nuevo pronunciamiento Devolucion de los autos Costas Estado provincial Competencia administrativa

¿Quién es el actor?

Marta Susana Suñer Rodríguez Saa viuda de Petrino, representada por el Dr. Marcelo José Griotti, con patrocinio del Dr. Eduardo Rodolfo Amitrano.

¿A quién se demanda?

Superior Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el Dr. Santiago Ibar Suárez.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda contenciosa administrativa.

¿Qué se resolvió?

Se declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto, se dejó sin efecto la sentencia recurrida con el alcance indicado y se ordenó que los autos vuelvan al tribunal de origen para dictar un nuevo pronunciamiento. Costas por su orden en la forma indicada (con costas).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que corresponde remitir en razón de brevedad." "Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara procedente el recurso extraordinario interpuesto y se deja sin efecto la sentencia recurrida con el alcance indicado."

Nota: el documento no transcribe el dictamen de la Procuradora Fiscal al que se remite, por lo que los fundamentos sustantivos no surgen del texto.

Fallos que cita

  • Dictamen de la Procuradora Fiscal (no identificado en el texto)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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