Coronel, Guillermo c/ La Primera de Grand Bourg Y OTRO s/daños y perjuicios
La Corte Suprema declaró procedente la queja por denegatoria del recurso extraordinario en un juicio de daños y perjuicios derivado de un accidente de tránsito. Resolvió que la franquicia pactada en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación.
¿Quién es el actor?
Guillermo Coronel (parte actora en la causa "Coronel, Guillermo c/ La Primera de Grand Bourg s/ daños y perjuicios").
¿A quién se demanda?
La Primera de Grand Bourg.
Citada en garantía: Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, recurrente en queja.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente la queja, formalmente admisible el recurso extraordinario y se revocó la decisión apelada. Se admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (art. 16, segunda parte, ley 48). Costas por su orden en la forma dispuesta por el fallo ("Con costas").
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en los precedentes 'Nieto', 'Villarreal' y 'Cuello' (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483) y en las causas O.166.XLIII 'Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otros' y G.327.XLIII 'Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otro', sentencias del 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones se dan por reproducidas." El fallo remite así a esos precedentes, sin transcribir fundamentos propios adicionales.
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Normas que cita
- Constitución Nacional
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
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