SIMONETTI ENRIQUE RAFAEL Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL-MINISTERIO DE DEFENSA-ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos en las causas de militares y personal civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, dejando sin efecto las sentencias apeladas. Remitió a los fundamentos del precedente Salas y ordenó el dictado de una nueva sentencia por el tribunal de origen.
¿Quién es el actor?
Simonetti Enrique Rafael y otros; Arrieta Emilio Mario y otros; Avendaño Hugo Marcelo y otros; Barrionuevo Manuel Nicolás y otros; Benítez Atilio Orlando y otros; Chiappina de Guerrero Catalina y otros; Cote María Cristina y otros; Colotta Umberto Oscar y otros; Fernández Adriana Beatriz y otros; Gómez Juan Carlos y otros; Horbat Ilda Teresa y otros; Iacziuk Demetrio y otros; Luque Ramona Pablina y otros; Montivero Mario Puro y otros; Pimienta Marcelino; Pérez Ramón Rómulo y otros; Rendueles Alfonso José y otros; Rey Vidal Segundo y otros; Szucs Norberto Carlos; Sánchez Hugo Alberto y otros; Soria María Olga; Stigliano Humberto Oscar; Vera José Tomás y otros; Zudaire Juan Carlos.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Defensa, Estado Mayor General del Ejército, Armada Argentina, IAFPPRM, Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, Policía Federal Argentina, Dirección Nacional de Gendarmería, Caja de Retiro y Jubilaciones de la PFA, entre otros).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de los recurrentes vinculado al régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (las causas no detallan en este texto el objeto específico de cada reclamo).
¿Qué se resolvió?
Se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas, con el alcance indicado en el considerando 13 del precedente "Salas" (Fallos: 334:275). Se devolvieron los autos al tribunal de origen para el dictado de una nueva sentencia. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los planteos de los recurrentes remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en la causa 'Salas', considerando 13, (Fallos: 334: 275), a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad."
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Fallos que cita
- SalasCSJN · Fallos 334:275
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