NIDERA SA TF 27461-I c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
El recurso extraordinario interpuesto por la Dirección General de Aduanas fue declarado formalmente procedente y la Corte revocó la sentencia de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal en cuanto fue materia de agravios. La decisión remite al criterio fijado en la causa Cencosud SA y ordena dictar un nuevo pronunciamiento.
Actor/Recurrente: Dirección General de Aduanas (DGA), parte recurrente en el recurso extraordinario.
Demandado/Parte recurrida: Nidera S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso directo de organismo externo interpuesto por Nidera S.A. contra la DGA, tramitado en la causa CAF 37615/2013/CA1/CS1.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema declaró formalmente procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, con costas, y devolvió los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, dicte nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte señaló que resulta aplicable el criterio establecido en la causa C.1242.XLIX "Cencosud SA (TF 29.535-A) c/ Dirección General de Aduanas", sentencia del 15 de mayo de 2014, a cuyos fundamentos remitió por razones de brevedad. El fallo no contiene más desarrollo argumental propio en el texto analizado. No se registran votos en disidencia.
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Fallos que cita
- Cencosud SA (TF 29.535-A) c/ Dirección General de AduanasCSJN · 15/05/2014
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