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Corte Suprema

GRILLO CRISTIAN HERNAN Y OTROS c/ EN -M§ DEFENSA-DIE DTO 1104/05 1053/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Personal civil de inteligencia de organismos de las Fuerzas Armadas reclamó la aplicación de los decretos 1782/06, 871/07, 1053/08 y 751/09. La Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario del Estado Nacional y confirmó la sentencia apelada, aplicando esos decretos a los actores con el alcance fijado en precedentes previos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 014368/2009/CS001
Personal civil de inteligencia Fuerzas armadas Decreto 1782/06 Decreto 871/07 Decreto 1053/08 Decreto 751/09 Regimen de personal Recurso extraordinario Estado nacional Precedente salas.

¿Quién es el actor?

Cristian Hernán Grillo y otros (personal civil de inteligencia de los organismos de inteligencia de las Fuerzas Armadas).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional, Ministerio de Defensa (DIE dto. 1104/05 y 1053/08), Estado Mayor General del Ejército.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo vinculado al régimen de personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad, en particular la aplicación a los actores de los decretos 1782/06 (arts. 6° y 10), 871/07 (arts. 9° y 13), 1053/08 (arts. 9° y 13) y 751/09 (arts. 9° y 13).

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró admisible el recurso extraordinario deducido por el Estado Nacional y confirmó la sentencia apelada, con la salvedad de que, dada su condición de personal civil de inteligencia, a los actores se les aplican los decretos mencionados, con el alcance establecido en los precedentes "Salas" (Fallos: 334:275), "Zanotti" (Fallos: 335:430) y "Ibáñez Cejas" (aclaratoria del 4 de junio de 2013).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite, en razón de brevedad, a los fundamentos de los precedentes citados, por considerar que las cuestiones planteadas por la recurrente encuentran adecuada respuesta en ellos. No se transcriben considerandos propios de la sentencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • SalasCSJN · Fallos 334:275
  • ZanottiCSJN · Fallos 335:430
  • Ibáñez Cejas, José Benedicto y otrosCSJN · 04/06/2013

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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