JORDAN JOSE MARIA c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA - EJERCITO ARGENTINO - INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Corte Suprema admitió parcialmente el recurso extraordinario de un Estado demandado en un reclamo de personal militar por la liquidación de haberes con adicionales del decreto 1104/05. El Tribunal confirmó la sentencia de alzada en cuanto al cómputo de esos adicionales, pero ordenó aplicar al practicar la liquidación los parámetros fijados en los precedentes Zanotti e Ibáñez Cejas.
¿Quién es el actor?
José María Jordán.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Ministerio de Defensa - Ejército Argentino - Instituto de Ayuda Financiera para el Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seguridad.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo de personal militar vinculado a la aplicación de adicionales creados por el decreto 1104/05 y sus modificatorios en el cómputo de haberes.
¿Qué se resolvió?
se hace lugar a la queja, se declara parcialmente procedente el recurso extraordinario, se confirma la sentencia apelada respecto del cómputo de los adicionales del decreto 1104/05 y sus modificatorios, y se ordena que la liquidación de la sentencia se practique según los parámetros fijados en "Zanotti" e "Ibáñez Cejas". Costas por su orden. Queja exenta de depósito.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que lo decidido por la alzada respecto del decreto 1104/05 y sus modificatorias resulta sustancialmente análogo a lo resuelto por este Tribunal en la causa 'Salas' (Fallos: 334:275), por lo que los planteos del recurrente relacionados con esos aspectos deben ser desestimados."
"Sin perjuicio de ello, dicha decisión a los efectos de su correcta liquidación debe integrarse con lo dispuesto, por esta Corte en las causas 'Zanotti' (Fallos: 335:430) e I.120.XLVIII. 'Ibáñez Cejas, José Benedicto y otros c/ EN - MO de Defensa FAA - dto. 1104/05, 751/09 s/ personal militar y civil de las FFAA. y de Seguridad', sentencia del 4 de junio de 2013, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Decreto 1104
- Decreto 751
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
- Ley 23.898art. 13 · Tasas judiciales
- CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- SalasCSJN · Fallos 334:275
- ZanottiCSJN · Fallos 335:430
- Ibáñez Cejas, José Benedicto y otros c/ EN - MO de Defensa FAA - dto. 1104/05, 751/09 s/ personal militar y civil de las FFAA. y de SeguridadCSJN · 04/06/2013
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.