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Corte Suprema

Lolli Fabricio Acta nº 17.875 La Plata c/ s/infracción ley 22.802

La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario interpuesto por la provincia de Buenos Aires y confirmó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que se había declarado incompetente en la causa por infracción a la ley 22.802. La Corte remitió a los fundamentos del dictamen de la Procuradora Fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 838. XLIX. REX
Ley 22.802 Lealtad comercial Infraccion Incompetencia federal Recurso extraordinario Direccion provincial de comercio Provincia de buenos aires Confirmacion Costas Competencia

Actor/recurrente: Provincia de Buenos Aires (Dirección Provincial de Comercio), representada por Gustavo Juan Fuertes, con patrocinio del Fiscal de Estado adjunto Dr. Hernán Rodolfo Gómez.

Demandado/imputado: Fabricio Lolli (Actuación n° 17.875, La Plata).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

infracción a la ley 22.802 (Lealtad Comercial).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que cabe remitir por razones de brevedad." La sentencia recurrida, dictada por mayoría por la Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, había declarado la incompetencia del tribunal federal para conocer en la causa. El fallo no transcribe otros considerandos propios; los argumentos sustanciales se encuentran en el dictamen de la Procuradora, que no fue incluido en el texto analizado.

Normas que cita

  • Ley 22.802Lealtad comercial
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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