MARQUES MONTEIRO LILIANA FERNANDA c/ TELECOM ARGENTINA S.A. s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por la actora en el reclamo por diferencias salariales contra Telecom Argentina S.A., declaró admisible el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada. Ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Liliana Fernanda Marques Monteiro.
¿A quién se demanda?
Telecom Argentina S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
diferencias de salarios.
¿Qué se resolvió?
se hace lugar a la queja, se declara admisible el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada, con el alcance indicado. Costas por su orden en los términos del art. 68 del CPCCN. Vuelven los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios del apelante han sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen del señor Procurador Fiscal (subrogante), cuyos fundamentos esta Corte comparte y da por reproducidos en razón de brevedad." El tribunal remite al dictamen de la Procuración Fiscal, sin desarrollar fundamentos propios en el texto analizado.
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Normas que cita
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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