Alvarez Herrera, Marcelo Javier y Olivera, Claudio David s/causa nº 100578
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por los defensores de Marcelo Javier Álvarez Herrera y Claudia David Olivera contra la denegación de un recurso extraordinario, y revocó la sentencia de la Suprema Corte bonaerense, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a precedentes del Tribunal.
Actor/recurrente: Marcelo Javier Álvarez Herrera y Claudia David Olivera, asistidos por el Defensor Oficial de Casación de la Provincia de Buenos Aires, Mario Luis Coriolano.
Demandado/recurrido: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso de queja por denegación del recurso extraordinario federal contra la sentencia de la Suprema Corte bonaerense en la causa penal seguida contra los recurrentes.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, la Corte hizo lugar a la queja, revocó la sentencia apelada y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. La decisión se fundó en que resulta aplicable lo resuelto en Fallos 329:2051 y 330:298, "a cuyas consideraciones cabe remitirse en razón de brevedad".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
el voto mayoritario remite a los precedentes citados, sin desarrollo argumental propio en el texto.
¿Cómo votaron los jueces?
la Dra. Elena I. Highton de Nolasco votó por desestimar la queja, por considerar que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), e intimó a los recurrentes a acompañar copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o a efectuar el depósito del art. 286 del mismo código, bajo apercibimiento de ejecución. Esta postura quedó en minoría.
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Normas que cita
- CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Fallos 329:2051CSJN
- Fallos 330:298CSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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