Lagos, Martín Facundo y otros s/homicidio -causa n° 25641-
La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario deducido por la defensa de Jorge Eduardo Henríquez y J. L. H. en una causa por homicidio. Dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento, remitiendo a los fundamentos del precedente Casal.
Actor/Recurrente: Defensora de Jorge Eduardo Henríquez y J. L. H.
Demandado/Recurrido: Martín Facundo Lagos y otros, en la causa por homicidio (causa n° 25.641).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho contra la denegación de un recurso extraordinario federal en un proceso penal por homicidio.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Se devuelven los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo decidido por el Tribunal en el expediente 'Casal' (Fallos: 328:3399), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto de la señora Vicepresidenta Highton de Nolasco, en el que se sostiene que el recurso extraordinario federal es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) y se desestima la queja, no prevaleció como decisión del tribunal. Su disidencia, en lo esencial, consistió en que el recurso no debía admitirse.
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Normas que cita
- Constitución Nacional
- Ley 17.454
Fallos que cita
- CasalCSJN · Fallos 328:3399
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