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Corte Suprema

Niro Construcciones SA (TF 26779-I) c/ DGI s/

La actora Niro Construcciones S.A. recurrió en forma extraordinaria el ajuste fiscal del IVA practicado por la DGI sobre las quitas concursales. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada en cuanto consideró que las quitas concursales estaban alcanzadas por el IVA, dejó sin efecto el ajuste fiscal y declaró improcedente el recurso extraordinario del Fisco Nacional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
N. 51. L. REX
Iva Quitas concursales Ajuste fiscal Recurso extraordinario Dgi Corte suprema Concurso preventivo Impuesto al valor agregado Multa Improcedencia.

¿Quién es el actor?

Niro Construcciones S.A. (representada por Lucio Niro, presidente, con patrocinio del Dr. Marcos Gabriel Gutman).

¿A quién se demanda?

Fisco Nacional (AFIP - DGI), representado por el Dr. Ezequiel Silvio Katz, con patrocinio de la Dra. María Juana Suárez.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

impugnación del ajuste fiscal en concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA) practicado por la DGI, que alcanzaba a las quitas concursales obtenidas por la empresa.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar al recurso extraordinario de la actora, se revoca la sentencia apelada en cuanto fue materia del recurso y se declara improcedente la apelación extraordinaria del Fisco Nacional. Costas al vencido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite a los fundamentos de la causa "Celulosa Campana S.A. (TF 29.047-1) c/ DGI" (CSJ 226/2013, sentencia del 3 de marzo de 2015), que conduce a revocar la sentencia en cuanto consideró que las quitas concursales se encuentran alcanzadas por el IVA. Al quedar sin efecto el ajuste fiscal, resultan inatendibles los agravios del ente recaudador, pues la multa cuya aplicación pretendía resulta claramente improcedente.

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