BRIZUELA BIRGINIO Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS - GENDARMERIA NACIONAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró admisibles las quejas y procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por el personal de Gendarmería Nacional en reclamo de adicionales salariales. Confirmó las sentencias apeladas respecto del cómputo de los adicionales y ordenó que las liquidaciones se practiquen conforme a los parámetros fijados en los precedentes Zanotti e Ibáñez Cejas.
¿Quién es el actor?
Birginio Brizuela y otro (y, en la causa acumulada, Roberto Marcelo Tomatis y otros), integrantes de Gendarmería Nacional.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional, Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, Gendarmería Nacional y Ministerio del Interior (DNG).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de adicionales de la remuneración del personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, cuyo cómputo fue discutido en la instancia anterior.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró admisibles las quejas y procedentes los recursos extraordinarios, confirmó las sentencias apeladas en cuanto al cómputo de los adicionales solicitados y, en uso de las facultades del art. 16, segunda parte, de la ley 48, dispuso que al practicarse las liquidaciones se apliquen los parámetros fijados en "Zanotti" (Fallos: 335:430) e "Ibáñez Cejas" (sentencia del 4 de junio de 2013). Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte sostuvo que los planteos del recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en "Zanotti" e "Ibáñez Cejas", cuyas consideraciones y conclusiones corresponden aplicarse "por razón de brevedad". En consecuencia, remitió a esos precedentes sin desarrollar argumentación autónoma. No se registran votos en disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 48Justicia nacional
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